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Llega el verano

Evaluación de riesgos en el empleo del hogar antes del 15 de noviembre 2025

El empleo del hogar va a experimentar un cambio normativo trascendental en materia de prevención de riesgos laborales. A partir del 15 de noviembre de 2025, los domicilios que cuenten con trabajadoras del hogar deberán contar con una evaluación de riesgos laborales formal.

Este nuevo escenario obedece al Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, que regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar.

El objetivo es que las personas empleadas del hogar gocen de derechos similares a los de otras trabajadoras, reconociendo que incluso en un entorno doméstico pueden existir riesgos físicos, químicos, ergonómicos y psicosociales.

¿Qué implica la evaluación de riesgos en el empleo del hogar?

La evaluación de riesgos es un análisis que identifica los peligros presentes en el puesto de trabajo y propone medidas para evitarlos o reducirlos. En el caso del trabajo doméstico, algunos riesgos habituales son:

  • Manipulación de cargas: levantar objetos pesados, mover muebles, cargar bolsas.
  • Productos de limpieza: exposición a sustancias químicas o irritantes.
  • Riesgos eléctricos: uso de electrodomésticos, cables en mal estado.
  • Caídas y resbalones: suelos mojados, escaleras sin protección.
  • Factores psicosociales: aislamiento, falta de descansos, presión horaria.

El empleador deberá identificar estas situaciones y, en caso necesario, introducir medidas preventivas como proporcionar guantes, asegurar un botiquín básico, revisar el estado de los equipos o evitar sobrecargas de trabajo

¿Qué obligaciones impone la normativa?

Algunas de las obligaciones más destacadas para las personas empleadoras, según el artículo 3 del Real Decreto 893/2024, son:

  • Evaluación inicial de riesgos: la persona empleadora deberá realizar una evaluación inicial de riesgos para la seguridad y salud de la persona trabajadora.
  • Actualización de la evaluación: deberá revisarse siempre que cambien las condiciones laborales, o cuando ocurra un accidente o daño. 
  • Documentación escrita: si de la evaluación emergen riesgos, hay que documentar las medidas adoptadas y entregar copia a la trabajadora. 
  • Provisión de equipos: la persona empleadora debe proporcionar equipos de trabajo seguros y, si fuese necesario, equipos de protección individual (EPI), sin que el coste recaiga sobre la trabajadora. 
  • Derecho a la formación e información: la empleada tiene derecho a recibir información, participar en las decisiones relativas a la prevención y recibir formación desde el momento de contratación. 
  • Riesgo grave e inminente: en caso de riesgo serio, la trabajadora podrá interrumpir la actividad y abandonar el domicilio sin que eso conlleve sanción.

Además, este Real Decreto se apoya en la modificación introducida por el Real Decreto-ley 16/2022, que derogó la exclusión del empleo doméstico de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y reconoció el derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud laboral. 

La normativa ya está vigente desde su publicación (11 de septiembre de 2024), aunque algunas obligaciones entran en vigor cuando esté disponible la herramienta del INSST / Ministerio correspondiente para facilitar su cumplimiento. 

Dos vías para realizar la evaluación de riesgos

Para que las personas empleadoras puedan cumplir esta obligación, la normativa permite dos formas principales:

1. Contratar un Servicio de Prevención Ajeno (SPA)

La empresa o persona particular puede contratar una entidad acreditada que envíe un técnico a la vivienda con autorización por parte del empleador para realizar una evaluación presencial y elaborar un informe personalizado. Este método tiene la ventaja de un análisis altamente técnico y adaptado al hogar concreto, pero implica un coste económico para quien emplea.

Contacta con IGS Prevencion
https://igsprevencion.com/contacto/

2. Utilizar la herramienta oficial Prevención10

El Ministerio de Trabajo, a través del INSST (Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo), ha puesto a disposición la herramienta gratuita Prevención10
https://www.prevencion10.es