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FORMACIÓN TPM

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La Tarjeta Profesional del Sector del Metal (TPM) es el documento expedido por la Fundación del metal para la Formación, Cualificación y Empleo – FMF, que constituye la forma de acreditar:

– La formación específica recibida por el trabajador en materia de prevención de riesgos laborales.
– La categoría o grupo profesional y los periodos de ocupación en las distintas empresas en las que vaya ejerciendo su actividad.
– La formación de todo tipo recibida por su titular.

CALENDARIO DE FORMACIÓN

Mensualmente

marzo 2024

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BASICO DE PRL 60H (4ª)

SOLADOS Y ALICATADOS 6H

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4

PLATAFORMA ELEVADORA 8H

OP. AP. ELEVADORES 6H

ALTURAS TELCO I 8H

RECICLAJE ALTU. TELCO I 4H

5

ALBAÑILERÍA 20H ( 1ª)

ELECTRICIDAD 20H ( 1ª)

DIRECTIVOS ONLINE 10H (1ª)

ESPACIOS CONF. TELCO 8H

RECICLAJE EECC TELCO 4H

6

ELECTRICIDAD 20H (2ª)

ALBAÑILERÍA 20H ( 2ª)

DIRECTIVOS ONLINE 10H (2ª)

7

ALBAÑILERÍA 20H (3ª)

ELECTRICIDAD 20H (3ª)

BASICO DE PRL 60H (1ª)

8

ALBAÑILERIA 20H (4ª)

ALBAÑILERÍA ESPECIFICA 6H

ELECTRICIDAD 20H (4ª)

ELECTRICIDAD ESPECIFICA 6H

9

CARRETILLA ELEVADORA 8H

10
11

FONTANERÍA Y CLIMA 20H (1ª)

RECICLAJE CARPIN. METAL. 4H

RECICLAJE FONT Y CLIMA 4H

PLATAFORMA ELEVADORA 8H

CARPINTERÍA METAL 20H (1ª)

ALTURAS TELCO I 8H

RECICLAJE ALTU. TELCO I 4H

12

FONTANERÍA Y CLIMA 20H ( 2ª)

VEHI Y MAQUI MOV TIERRAS 6H

CARPINTERÍA METAL 20H (2ª)

ESPACIOS CONF. TELCO 8H

RECICLAJE EECC TELCO 4H

13

RECICLAJE RE TELCO 2H

CARP. METAL. ESPECIFICA 6H

RIESGO ELECTRICO TELCO 6H

CARPINTERÍA METÁL 20H (3ª)

RECICLAJE ELECTRICIDAD 4H

14

INST. TELECOMUNICA. 6H

FONTANERÍA Y CLIMA 20H (3ª)

FONT. Y CLIMA. ESPECIFICA 6H

OPERACIONES TELCO 6H

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CARRETILLA ELEVADORA 8H

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RECICLAJE RE TELCO 2H

BASICO DE PRL 60H (2ª)

RIESGO ELECTRICO TELCO 6H

RECICLAJE ELECTRICIDAD 4H

ALTURAS TELCO I 8H

RECICLAJE ALTU. TELCO I 4H

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BASICO DE PRL 60H (3ª)

INST. TELECOMUNICA. 6H

OPERACIONES TELCO 6H

ESPACIOS CONF. TELCO 8H

RECICLAJE EECC TELCO 4H

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CARRETILLA ELEVADORA 8H

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ALBAÑILERÍA 20H ( 1ª)

ELECTRICIDAD 20H ( 1ª)

FONTANERÍA Y CLIMA 20H (1ª)

PLATAFORMA ELEVADORA 8H

CARPINTERÍA METAL 20H (1ª)

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ELECTRICIDAD 20H (2ª)

ALBAÑILERÍA 20H ( 2ª)

FONTANERÍA Y CLIMA 20H ( 2ª)

CARPINTERÍA METAL 20H (2ª)

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ALBAÑILERÍA 20H (3ª)

ALBAÑILERÍA ESPECIFICA 6H

ELECTRICIDAD 20H (3ª)

ELECTRICIDAD ESPECIFICA 6H

CARP. METAL. ESPECIFICA 6H

CARPINTERÍA METÁL 20H (3ª)

ALTURAS TELCO I 8H

RECICLAJE ALTU. TELCO I 4H

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BASICO DE PRL 60H (4ª)

FONTANERÍA Y CLIMA 20H (3ª)

FONT. Y CLIMA. ESPECIFICA 6H

SOLADOS Y ALICATADOS 6H

TRABAJO EN ALTURA OBRA 8H

ESPACIOS CONF. TELCO 8H

RECICLAJE EECC TELCO 4H

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Todo lo que necesitas saber, sobre la tarjeta profesional del metal.

¿Quién puede solicitar la TPC?

Podrán solicitar la Tarjeta Profesional de la Construcción para el Sector del Metal los trabajadores en alta, o en situación de incapacidad temporal, que presten sus servicios en las empresas encuadradas en los sectores de actividad establecidos. El coste de la tramitación y emisión de la TPM correrá a cargo de la empresa donde preste sus servicios el trabajador.

Asimismo, podrán solicitar la Tarjeta los trabajadores en desempleo de los sectores señalados, siempre que tengan acreditados, al menos, treinta días de alta, en el período de treinta y seis meses inmediatamente anteriores a la solicitud.

Será requisito imprescindible para la obtención de la Tarjeta haber recibido, al menos, el curso inicial mínimo en materia de prevención de riesgos laborales para las actividades y sectores del Metal que trabajan en obras de construcción, de acuerdo con lo previsto en el CEM.

¿Qué obligaciones tiene el empresario?

Desde el 7 de junio de 2017, en el plazo de tres años, los empresarios deben adaptarse paulatinamente para proporcionar a cada trabajador, en cumplimiento de su deber de protección, una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia de PRL, conforme a lo recogido en el capítulo XVII del CEM.

Las empresas podrán bonificar esta formación en sus cotizaciones a la Seguridad Social de acuerdo con su crédito disponible

¿Qué objetivo tiene esta formación?

Reducir la siniestralidad y potenciar la cultura preventiva en los lugares de trabajo, al tratarse de una actividad que presenta unos índices de accidentalidad más elevados que la mayoría de los sectores económicos.

¿Qué beneficios tiene la tarjeta profesional del metal para la empresa?

Acredita su formación en materia de prevención de riesgos laborales.

A modo de currículo, con la TPM se demuestra tanto la cualificación, como la experiencia profesional en el sector del metal.

Certifica la formación recibida de cualquier otro tipo durante el desarrollo de tu carrera profesional: universitaria, profesional, etc.

Con la posesión de la TPM se certifica que los trabajadores poseen, como mínimo, una formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales. Asimismo, esta certificación es extensiva para los trabajadores de nueva incorporación, así como para aquéllos que pertenecen a las empresas subcontratistas.

¿Qué documentación se necesita aportar?
  1.  El impreso de solicitud de la tarjeta debidamente cumplimentado.
  2. Una fotografía reciente en tamaño carné.
  3. Una fotocopia del DNI o de la tarjeta de residencia del solicitante.
  4. Un informe de la vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social dentro de los treinta días inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  5. Original o fotocopia compulsada del diploma o certificado en el que se acredite que el solicitante ha recibido, como mínimo, la formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales.
  6. Al menos, uno de los siguientes documentos:
    – “Certificado de empresa para la Fundación Laboral de la Construcción”, expedido de acuerdo con el modelo que figura en el Anexo VII del Convenio General del Sector de la Construcción 2007 – 2 011.

– Certificado de empresa para el Servicio Público de Empleo.

– Original o fotocopia compulsada de los recibos de salarios.

– Original o fotocopia compulsada del contrato de trabajo.

¿Cuáles es la Formación mínima en materia de prevención de riesgos laborales del Sector del Metal que trabajan en Obras de Construcción ?
  1. Primer ciclo de formación: nivel inicial, 8 horas presenciales.
  2. En función del puesto de trabajo: Segundo ciclo de formación.
  3. Directivos de las empresas: contenido mínimo 10 horas online.
  4. Los responsables y técnicos de ejecución de la actividad: 20 horas
  5. Mandos intermedios: 20 horas.
  6. Delegados de prevención: 50 horas.
  7. Administrativos: 20 horas.
  8. Actividades del Sector del Metal en obras de construcción: 20 horas y/o 6h presenciales según el caso.
  9. Ferrallado.
  10. Electricidad, relativo a los trabajos de montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de alta y baja tensión.
  11. Fontanería e instalaciones de climatización.
  12. Instalación de ascensores.
  13. Operadores de aparatos elevadores.
  14. Operadores de equipos manuales.
  15. Instalaciones, reparaciones, montajes, estructuras metálicas y carpintería metálica.
  16. Trabajos de aislamiento e impermeabilización.
  17. Trabajos de montaje de estructuras tubulares.
  18. Trabajos de construcción y mantenimiento de vias férreas.
  19. Trabajos de mantenimiento de maquinaria y vehículos en obras de construcción.
  20. Trabajos en instalaciones de telecomunicaciones.
  21. Trabajos en gaseoductos y redes de distribución de gases combustibles.
  22. Nivel básico de prevención de las actividades del metal en la construcción. 60horas, siendo 20 horas presenciales + 40 horas online.  Esta formación será equiparable a las 14 horas (tronco común) del Segundo Ciclo de formación por oficios de 20 horas, es decir, deberá recibir unicamente 6h formativas adicionales presenciales.

Además se establece una formación de reciclaje consistente en:

  1. Obligatoria para el personal técnico, administrativo, mandos intermedios y personal de oficios.
  2. Formación mínima de 4 horas que serán impartidas periódicamente cada 3 años.
  3. Será de manera presencial, si bien se permitirá la modalidad de teleformación para las aciones de reciclaje de personal de oficina.
¿Cuál es la obligatoriedad de la formación de reciclaje?

Art. 108. Formación de reciclaje.

1. El contenido formativo de la acción de reciclaje dirigido a los responsables y técnicos de ejecución es el establecido en el apartado A) y B) de punto 4 del Anexo IV.

2. El contenido formativo de la acción de reciclaje dirigida al mando intermedio es el establecido para oficio de su actividad principal que esté establecido en el Anexo VI para la parte específica.

3. El contenido formativo de la acción de reciclaje dirigida al personal administrativo es el establecido en el apartado B) y C) de punto 7 del Anexo IV.

4. El contenido formativo para la acción de reciclaje dirigida al personal de oficio es el establecido en el Anexo VI para la parte específica.

5. La formación de reciclaje se impartirá de manera presencial, si bien se permitirá la modalidad de tele formación para las acciones de reciclaje de los administrativos.

6. Asimismo, esta acción formativa se impartirá, antes de la incorporación al puesto de trabajo, en el caso de que trabajador haya estado de manera continuada alejado del sector durante al menos un año.

7. En el supuesto, de que la actividad principal del trabajador esté formada por varias actividades vinculadas a diferentes oficios, se atenderá, en el esquema general del módulo de reciclaje a que la formación abarque todos los riegos y medidas preventivas asociadas a los mismos.

¿Dónde se puede solicitar la tarjeta?

Se han establecido diferentes puntos donde se puede tramitar la tarjeta. Éstos se denominan “Puntos de Tramitación” y son los siguientes:

  • Centros de la Fundación Laboral de la Construcción.
  • Asociaciones empresariales de la Confederación Nacional de la Construcción (cnc).
  • Federaciones sindicales de Construcción, Madera y Afines de Comisiones Obreras (fecoma-cc.oo.), y Metal, Construcción y Afines de la Unión General de Trabajadores (mca-ugt).
¿Cuándo entra en vigor la formación de reciclaje para los trabajadores de obra?

ENTRADA EN VIGOR DE LA OBLIGATORIEDAD EN MATERIA DE FORMACION PARA LA FORMACIÓN DE RECICLAJE Y LA FORMACIÓN DE PERSONAL EN OBRA

DISPOSICION TRANSITORIA CUARTA:

Fecha de entrada en vigor para los cursos de personal en OBRA

Si a la fecha de entrada en vigor de este convenio, hubieran transcurrido 3 años desde la finalización de la formación en materia preventiva recibida por el trabajador, las empresas deberán cumplir con los establecido en el artículo 108 (formación de reciclaje) en un plazo máximo de 18 meses a contar desde dicha entrada en vigor.

Es decir, la formación anterior al 20/06/2014 tienen hasta el 19/12/2018 para realizar la formación de 4 horas de reciclaje.

¿Y los trabajadores no de obra?

DISPOSICION TRANSITORIA TERCERA:

Fecha de entrada en vigor para los cursos de personal de NO OBRA

A partir de la entrada en vigor del Capítulo XVII y el Anexo II, las empresas deberán cumplir con los establecido, en un plazo máximo de tres años, a razón de al menos un sexto de sus plantillas por cada semestre.

Es decir, seis meses desde el 20 de junio del 2017, para formar al menos a un sexto de su plantilla.

Después, tendrán que formar, como mínimo, a un sexto de su plantilla cada semestre hasta el 20 de Junio de 2020, fecha a partir de la cual deberá de estar formado el 100% de los empleados de la empresa.

Capítulo XVII: formación mínima en prevención de riesgos laborales de los trabajadores del sector del metal. (oficios del área de producción y mantemiento). Ej: Trabajos en talleres de reparación de vehículos, Operarios en trabajos de joyería, etc.

¿Cómo se puede renovar la tarjeta?

En el caso de que el motivo de la renovación sea el deterioro, robo o extravío de la tarjeta, no será necesario presentar de nuevo la documentación pertinente. El titular podrá obtener un duplicado de la misma mostrando el DNI o la tarjeta de residencia en cualquier punto de tramitación. La fecha de caducidad de este duplicado será la misma que figuraba en la tarjeta original.

Ejemplo práctico obligatoriedad trabajadores no de obra:

Ejemplo práctico:

Empresa con 30 trabajadores:

Fecha entrada en vigor: 20/06/2017.

1º) Para el 20/12/2017. Mínimo 5 trabajadores formados (un sexto).

2º) Para el 20/06/2018: Mínimo 10 trabajadores formados (dos sextos).

3º) Para el 20/12/2018: Mínimo 15 trabajadores formados (tres sextos).

4º) Para el 20/06/2019: Mínimo 20 trabajadores formados (cuatro sextos).

5º) Para el 20/12/2019: Mínimo 25 trabajadores formados (cinco sextos).

6º) Para el 20/06/2020: 100% Todos los trabajadores formados (seis sextos).

Para la formación de 20 horas por oficios para trabajadores NO de OBRA.

Y según la fecha de realización cada 3 años deberá realizar la formación de reciclaje de 4 horas presenciales.

¿Cuáles es la Formación mínima en materia de prevención de riesgos laborales del Sector del Metal que NO trabajan en Obras de Construcción?

Formación de directivos de empresa:

Duración mínima de 6 horas.
La modalidad de impartición sera presencial o teleformación.
Formación para personal de oficinas:

Duración mínima de 6 horas.
La modalidad de impartición sera presencial o teleformación.´
Formación para trabajadores de áreas de mantenimiento de producción y/o mantenimiento.(Formación por oficios).

Duración mínima de 20 presenciales.
Se compondrá de una parte común o troncal, con una duración de 12 horas, y una para específica de 8horas.
C.1) CNAE 24: Trabajos de fabricación, producción y transformación del hierro, adel acero y de los metales no ferreos, y primera transformación (fabricación del acero, fundición dde metales, fabriación de moldes, fabricación de tubos y similares).

C.2.)CNAE 30.1 y 33.15: Trabajos de construcción, reparación y mantenimiento naval en astillero y muelles.

C.3.) Operarios de trabajo de forja.

C.4.) Operarios de trabajos de soldadura y oxicorte.

C.5.) Operarios de máquinas mecanizado por arranque de viruta.

C.6.) Operarios de máquinas de mecanizado por abrasión.

C.7.) Operarios de máquinas de mecanizado por deformación y corte de metal.

C.8.) Operarios en actividades de tratamientos superficiales de las piezas de metal: desengrasado, limpieza, decapado, recubrimiento, pintura.

C.9.) Operarios en actividades de premontaje, montaje, cambio de formato y ensamblaje en fábricas.

C.10.) Trabajos de carpinteria metálica.

C.11.) Operarios en trabajos de joyería.

C.12.) Trabajos de mecánica, mantenimiento y reparación de máquinas, equipos industriales y/o equipos electromecánicos (industria aeroespacial, etc)

C.13.) Trabajos en talleres de reparación de vehículos.

C.14.) Trabajos de instalación, mantenimiento y reparación de equipos informáticos, automatismos y su programación, ordenadores y sus periféricos o dispositivos auxiliares; equipos y tecnologías de telecomunicaciones y de la información, redes de información y datos (TICs).

C.15.) Instaladores y reparadores de líneas y equipos eléctricos.

C.16.) Trabajos de fontanería, instalaciones de calefacción-climatización, instalaciones de agua caliente sanitaria e instalaciones solares térmicas.

C.17.) Trabajos de mantenimiento, reparación e instalación de ascensores.

C.18.) Trabajos de aislamiento e impermeabilización.

C.19.) Trabajos de montaje de estructuras tubulares.

C.20.) Trabajos de construcción y mantenimiento de vías férreas.

C.21.)Trabajos de instalaciones, matenimiento y reparación de infraestructuras de telecomunicaciones (TIC y digitalización).

C.22.) Trabajos en gasoductos y redes de distribución de gases combustibles.

C.23.)Trabajos de otro tipo de instalaciones tales como instalaciones solares fotovoltáicas o instalaciones eólicas.

C.24.) Trabajos de recuperación y reciclaje de materias primas secundarias metálicas.

C.25.) Trabajos de control de calidad, verificación e inspección de materias en curso de fabricación y en productos terminados del sector.

C.26.) Conductores / Transportistas.

C.27.) Conductores de carretillas elevadoras.

C.28.) Operadores de puente – grúa.

C.29.) Operadores de plataformas elevadoras.

C.30.) Operarios de almacén y logística y aprovisionamiento en los procesos de fabricación (incluyendo entre otras actividades el empaquetado, preparación de productos, reprocesado, con la ayuda o no de elementos mecánicos y otras areas de aprovisionamiento y suministro de materiales y componentes).

C.31.) Conductores de grúas autopropulsadas.

Formación de trabajadores con funciones preventivas de nivel básico:

Tendría una duración mínima de 50 horas.
Dentro de este módulo se impartirán en la modalidad presencial, según el caso, los contenidos relativos a la actividad de los trabajadores del área de producción o/y mantenimiento con una duración de 20 horas, pudiendo impartirse el resto de horas hasta llegar a las 50 en modalidad de teleformación
Formación de reciclaje:

Consistente en una formación mínima de 4 horas que serán impartidas periódicamente cada 3 años.
Será de manera presencial, si bien se permitirá la modalidad de teleformación para las acciones de reciclaje de directivos y personal de oficina.

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